domingo, 10 de julio de 2011

La prevención, responsabilidad central de las autoridades

Por Gustavo Esguerra Gutiérrez


Si los Gobiernos Nacional, Departamental y Municipal dedicaran sus mayores esfuerzos a la prevención, las cosas en nuestra sociedad serían mucho mejores.

Infortunadamente, parece que les gustara más actuar como autoridades sancionatorias, castigando e imponiendo multas. Un caso clásico son los agentes de tránsito. Dedican todo su tiempo a buscar infractores y casi nunca se les ve acompañando a los ciudadanos para agilizar el tráfico o para evitar violaciones a las normas. El día en que se prohíbe un cruce y se instala la señal correspondiente, se esconden para pillar a los conductores que acostumbrados al cruce no se percatan de la nueva prohibición. Sería mejor para la sociedad que se ubicaran antes del cruce para instruir y explicar las razones de la prohibición, evitando que se cometa la nueva infracción.

Si las autoridades se preocuparan por evitar los asentamientos humanos en zonas inundables y de alta probabilidad de deslizamientos, los períodos de intensas lluvias no vendrían acompañados de tanto desastre. Si el Río Bogotá y sus afluentes se manejaran en forma integral, con un manejo hidráulico adecuado, monitoreando permanentemente las obras de protección, utilizando correctamente los embalses y las zonas de amortiguación, habríamos evitado el descomunal daño producido por las recientes inundaciones.

En materia de seguridad ciudadana, la prevención aclimata la tranquilidad y la armonía. Sin embargo, nuestras autoridades siguen pensando de otra forma. A manera de ejemplo vale la pena analizar la nueva ley de seguridad ciudadana. Está concebida con una visión sancionatoria y poco le dedica a acciones concretas para evitar el crimen. Se establecen nuevos delitos, se aumentan las penas, se agilizan procedimientos, pero no se ve la prevención por ninguna parte.

Existen casos aislados donde las autoridades han trabajado en prevención, con excelentes y rápidos resultados. Recuérdense las campañas para el uso del cinturón de seguridad o la insistencia de no conducir bajo los efectos del alcohol.

Llama la atención que en nuestra Constitución no se hace mención a la prevención sino en un solo caso: en el artículo 80 se establece como obligación del Estado la prevención del deterioro ambiental. No podía ser de otra manera si todos queremos disfrutar del derecho a un ambiente sano.

También es sobresaliente que en asuntos ambientales la idea de la prevención tenga desarrollo legal. En efecto, desde hace ya casi dos años, se cuenta con facultades concretas para ejercer la prevención. La ley 1333 de 2009 les otorgó a las autoridades ambientales, a los Departamentos y a los Municipios la facultad de actuar para prevenir, impedir o evitar la continuación de la ocurrencia de un hecho, la realización de una actividad o la existencia de una situación que atente contra el medio ambiente, los recursos naturales, el paisaje o la salud humana (Artículo 4). Así debe ser pues los daños ambientales son usualmente irreparables.

A pesar del claro sabor ambientalista de la Constitución, nuestras autoridades ambientales actúan muy poco y muy tardíamente. Por eso la comunidad considera que son poco confiables. Ni siquiera ejercen sus facultades sancionatorias, por temor o por complicidad con los depredadores, quienes usualmente cuentan con un gran poder económico.

El caso de las gravilleras en Tabio es aterrador y es una buena oportunidad para poner a prueba la capacidad y la voluntad de las autoridades para evitar los daños ambientales. Desde hace varios años dos grandes empresas destruyen sin compasión el valle del Rio Frio, sin respetar las condiciones establecidas en las licencias ambientales y en los planes de manejo y restauración, contaminan el Río con vertimientos sin permiso, dejan residuos por todas partes y acaban con las carreteras. Los vecinos se quejan, denuncian los daños ambientales y poco o nada hacen el Ministerio del Medio Ambiente, la CAR, el Gobernador y el Alcalde. Se pasa el tiempo en escritos, en investigaciones, en visitas, en estudios, en resoluciones, en recursos. Mientras tanto el daño continúa.

En buena hora, tres fundaciones (Fundación Azul, Ecotabio y la Fundación Rogelio Salmona) han advertido la existencia de la ley 1333 de 2009 y se han dirigido a la Ministra del Medio Ambiente, al Gobernador, al Director de la Car y al Alcalde Municipal exigiéndole actuar en prevención para suspender la explotación, con el fin de que se tomen las medidas necesarias para evitar el daño ambiental. La comunidad, los Medios y la Procuraduría General de la Nación deben debe estar vigilantes ante este llamado de sensatez para ver la clase de autoridades que tenemos. A su vez, las autoridades tienen una hermosa oportunidad para ilustrar en este caso como se debe actuar en prevención en todo el territorio nacional para evitar el daño ambiental.

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Las Pruebas (doble click para ampliar imagen)

Carta a la ministra de Medio Ambiente
Carta al alcalde de Tabio



Gravicol en acción